procedimientos de menoresDel Río Abogados es especialista en Procedimientos de Menores. El proceso penal de menores se encuentra regulado en la Ley  Orgánica penal del menor 5/2000, de 12 de enero, siendo un proceso  ordinario para determinar la responsabilidad penal de los menores,  siendo éstos menores de dieciocho años y mayores de catorce, según se  puede comprender del artículo 1.1 de esta Ley del menor en relación con  el artículo 18 de Código Penal. De la propia Ley de desprende que excepcionalmente este proceso  puede ser aplicado a mayores de dieciocho y menores de veintiuno no  reincidente, cuando son imputados por la comisión de una falta o delito  menos graves sin violencia o intimidación en las personas, ni grave  peligro para la vida o la integridad física de las personas y cuando sus circunstancias personales y su grado de madurez aconsejen al Juez de  Instrucción, oídos el Ministerio Fiscal , el letrado del imputado y el  equipo técnico.

 De la discrecionalidad de la que dispone el Juez de Instrucción  para acordar la remisión del joven a la jurisdicción de menores puede  plantear el problema de que personas de edades comprendidas entre los 18 y 21 años, que cometiesen los mismos hechos delictivos, bien  conjuntamente, bien en distintos territorios, pudieran resultar  sometidos a distintos régimen procesal y, lo que es más grave, a  diferentes consecuencias sancionadoras.

 Por ello en la actualidad el proceso tan solo es reclamable para  dilucidar la responsabilidad penal de los menores de dieciocho años y  mayores de catorce años, que la propia LO 5/2000, llama menores para  diferenciarlo de los jóvenes , que son los mayores de dieciocho y  menores de veintiuno (art. 1.4). La Ley de responsabilidad penal del menor no es aplicable a los  menores de catorce años, que hayan cometido algún hecho punible, pero el  Ministerio Fiscal debe de remitir testimonio de los particulares que  considere precisos respecto al menor a la entidad pública de protección  competente a fin de que aplique las medidas de protección pertinentes.

Si tiene a cargo un menor que se ha visto inmerso en un procedimiento penal, contáctenos. Podemos ayudarle.

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