Del Río Abogados aborda todos los delitos en el ámbito familiar. Se corresponden con toda violencia, que en tal ámbito, se materializa en agresiones físicas, tales como golpes, lesiones, contusiones o bien en insultos, amenazas, humillaciones, en definitiva agresiones verbales .
El delito de malos tratos se recoge de forma genérica el art 153 de CP: “ El que habitualmente ejerza violencia física sobre su cónyuge o persona a la que se halle ligado de forma estable por análoga relación de afectividad o sobre los hijos propios o del cónyuge o conviviente, pupilos, ascendientes o incapaces con que convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela o guarda de hecho de uno u otro, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, sin perjuicio de las penas que le pudieran corresponder por el resultado que, en cada caso, se causara”.
Este delito (art. 153 C.P.) es de carácter público y deberá perseguirse de oficio, aunque en el especial ámbito en que se produce, exija normalmente la colaboración de la víctima o de personas que convivan con ella.Dentro del ámbito familiar la responsabilidad penal del agresor no se extingue con el perdón del perjudicado.Tras la denuncia presentada, por regla general se detiene a la persona denunciada y se le toma declaración (en Comisaria o ante la Policía que haya llevado a cabo la detención ) .Se le informa al detenido de los derechos que le asisten y se comunica la detención y lugar de custodia del detenido a la persona o entidad que éste indique . A su vez, se le informa a la denunciante (que igualmente ha prestado declaración sobre los hechos acaecidos) sobre el Protocolo de actuación ante las victimas de la Violencia doméstica y de Género, ofreciéndole a su vez a solicitar una Orden de Protección.
Si usted, o un ser cercano, se ha visto inmerso en un procedimiento por delito en el ámbito familiar, contáctenos. Podemos ayudarle.
DR ABOGADO PENALISTA BARCELONA