delitos contra la libertad sexualDel Río Abogados aborda todos los delitos contra la libertad sexual. Se recogen en el Título VIII del Código Penal, en el caso de España. La edad de consentimiento en España es 13, tal y como lo especifica el Código Penal de España, Artículos 181y 183 por lo que a partir de los 13 años se puede tener relaciones sexuales en España.

Agresión sexual

1. Tipo básico: Atentado contra la libertad sexual mediante el uso de violencia o intimidación sobre el sujeto pasivo. Regulado por el artículo 178 del Código Penal, y penado con prisión de uno a cuatro años.

2. Tipo agravado (comúnmente denominado Violación): En caso de que existan las mismas condiciones, y además acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u otros objetos por vía vaginal o anal, se castigará con pena de prisión de seis a doce años. Art. 179 CP.

Además, cuando exista alguna de las siguientes circunstancias las penas del tipo básico serán de cuatro a diez años y las del tipo agravado de doce a quince. Si concurren dos o más, la pena será la misma, pero en su mitad superior (de siete a diez en el básico y de doce años y seis meses a quince años en el agravado):

  • Violencia o intimidación especialmente vejatorias o denigrantes para la víctima.
  • Dos o más autores.
  • La víctima es especialmente vulnerable por su edad, enfermedad o situación, o sea menor de trece años.
  • Cuando el autor sea ascendiente, descendiente o hermano (sea natural o por adopción) de la víctima.
  • Cuando se haga uso de armas u otros objetos peligrosos.

Abuso sexual

1. Tipo básico: Contacto no consentido, pero sin que se haya realizado violencia o intimidación. Ejemplos: Aprovecharse de una persona dormida, palmear por sorpresa en zonas consideradas de connotación sexual. Siempre se considerará abuso sexual la acción que se realice sobre un menor de trece años o incapaz, aunque este haya prestado su consentimiento libre y expresamente. Penado con prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses por el art. 181 CP.

Si existe relación de parentesco o la víctima es especialmente vulnerable, la pena será la misma en su mitad superior.

2. Tipo agravado: Misma situación, pero con el acceso carnal, etc, descrito en la agresión sexual cualificada. El art. 182 castiga con la pena de prisión de cuatro a diez años.

Acoso sexual

1. Tipo básico: Solicitar favores de naturaleza sexual, sin importar para quien sean estos. Es necesario que entre el acosador y la víctima haya una relación de ámbito laboral, docente o de prestación de servicios (que debe ser continuada o habitual), y que se provoque en la víctima una situación objetiva de hostilidad e intimidatoria. Se castiga con pena de prisión de tres a cinco meses o multa de seis a diez meses por el art. 184.1 CP. Si la víctima es especialmente vulnerable, la pena será de cinco a siete meses de prisión o multa de diez a catorce meses.

2. Tipo agravado: Si el acosador tuviera una posición de superioridad respecto a la víctima en uno de los ámbitos mencionados y expresara tácita o expresamente su intención de hacer uso de ella para causarle un mal, la pena será de prisión de cinco a siete meses o multa de diez a catorce meses por el art. 184.2 CP. Si la víctima es especialmente vulnerable, la pena será e seis meses a un año.

Exhibicionismo y provocación sexual

Estos delitos solo existen cuando la víctima es un menor o incapaz.

En el caso del la exhibición obscena, es castigado con pena de prisión de seis meses a un año o multa de doce a veinticuatro meses por el art. 185 CP.La provocación sexual, es decir, la distribución, venta o exhibición de material pornográfico a estos se pena con prisión de seis meses a un año o multa de doce a veinticuatro meses por el art. 186 CP.En caso de utilizarse locales (estén o no abiertos en ese momento al público) el juez podrá decretar su clausura temporal, con un máximo de cinco años, o definitiva.

Si usted, o un ser cercano, se ha visto inmerso en procedimiento por delitos contra la libertad sexual, contáctenos. Podemos Ayudarle.

DR ABOGADO PENALISTA BARCELONA